¿En qué consiste la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo?
¿EN QUÉ CONSISTE? La política de seguridad y salud en el trabajo “es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización” Decreto 1072 de 2015, art 2.2.4.6.2,num 28
Esta es el marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.
NORMA LEGAL. Es obligación de todo empleador contar con una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa y está incluida dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Ley 1562 de 2012, artículo 1.
ALCANCE. La política cubre a todos los trabajadores de la empresa independiente de su forma de contratación o vinculación incluyendo, los contratistas y subcontratistas.
OBJETIVO DE LA POLÍTICA.
· Identificar los peligros
· Evaluar y valorar los riesgos
· Establecer los respectivos controles
· Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión SG-SST.
· Cumplir la normatividad vigente
CONTENIDO. La política debe cumplir con los siguientes requisitos:
· Compromiso empresarial. Hacia la implementación del Sistema de Salud y Seguridad en el Trabajo para la gestión de los riesgos laborales.
· Específica: De acuerdo a la empresa y apropiada para la naturaleza de sus peligros y el tamaño de la organización
· Forma:
1. Por escrito
2. Redactada con claridad en forma concisa
3. Fechada
4. Firmada por el representante legal de la empresa
· Comunicación. Debe ser difundida a todos los niveles de la organización y debe ser accesible a todos los trabajadores y demás partes interesadas en el lugar del trabajo.
Debe ser comunicada al Comité Paritario COPASST o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo
Revisión. Como mínimo una vez al año.
CESAR AUGUSTO DUQUE MOSQUERA
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